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Nueva normativa europea para marketplaces

24/07/2020

El 20 de junio de 2019 se aprobó el reglamento UE 2019/150 del Parlamento Europeo. Este reglamento tiene como objetivo regular y/o facilitar que las empresas que participan o venden a través de Marketplaces cuenten con las herramientas para garantizar en sus contratos los principios de no discriminación y transparencia.

El pasado domingo 12 de julio de 2020, entró en aplicación esta nueva normativa europea de fomento de la equidad y la transparencia para los usuarios profesionales de servicios de intermediación en línea.

Europa entiende que actualmente existe una posición de desventaja por parte de las empresas que hacen uso de este tipo de agregadores de oferta. Básicamente, considera que:

  • Existe una oferta muy limitada de este tipo de plataformas / Marketplaces.
  • Las condiciones impuestas por parte de las plataformas son poco o nada negociables.
  • Las PYMES prácticamente son invisibles si no participan en una o varias de estas plataformas.
  • El consumidor cada vez usa más este tipo de empresas, lo que restringe el acceso a través de otros medios, etc.

Esta nueva legislación, que como mencionamos ya está vigente en nuestro país, concentra su esfuerzo en garantizar que los términos de contratación sean claros, sencillos y ajustados a la normativa. Adicionalmente, dispone otra serie de requisitos y/o obligaciones que deben cumplir los marketplaces para garantizar el trato y servicio correcto en todo momento. Entre ellos se incluyen:

  • Método para la tramitación de reclamaciones internas.
  • Posibilidad de mediación por terceros para la resolución de reclamaciones y/o conflictos.
  • Regulación del acceso a los datos de consumidores.

Finalmente, el reglamento no incluye sanciones, pero los Estados miembros podrán tomar acciones judiciales para impedir o prohibir cualquier incumplimiento.